Solicitudes CRT7/23
Finalidad
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación recoge que el personal investigador podrá obtener un certificado R3 como investigador/a establecido/a, que será reconocido en los procesos selectivos de personal de nuevo ingreso estable que sean convocados por las universidades otros organismos públicos.
El certificado R3 se tendrá en cuenta a los efectos de su valoración como méritos investigadores en dichos procesos selectivos, y se proyectará sobre las pruebas o fases de valoración del currículo del personal investigador que forme parte de estos procesos, de forma que tendrá efectos de exención o compensación de parte de las pruebas o fases de evaluación curricular o equivalentes, para todas las Administraciones Públicas.
La finalidad de esta actuación es valorar la carrera de investigadores/as nacionales y extranjeros/as en el marco de un itinerario postdoctoral de acceso al Sistema Español de Ciencia Tecnología e Innovación, de manera que ello permita reconocer su calidad e independencia investigadora y, cumpliendo con el perfil europeo de investigador establecido (R3), la obtención de la certificación R3 como investigador/a establecido/a.
Requisitos de los solicitantes
Los definidos en el artículo 5 de la convocatoria.
Documentación a presentar
Al formulario electrónico se deberá adjuntar, de manera resumida, la siguiente documentación descrita en el artículo 7 de la convocatoria.
a) Currículum vitae de la persona solicitante (CVA).
b) Memoria de la trayectoria investigadora.
c) Copia del pasaporte en vigor, únicamente en el caso de personas extranjeras no residentes en el territorio español.
d) Copia del título de doctor o certificación académica donde figure indicación expresa de la fecha en que se obtuvo el grado de doctor, únicamente en el caso de que el solicitante haya obtenido el título de doctor en una universidad extranjera.
e) En su caso, documento acreditativo de reconocimiento de un grado de discapacidad superior al 33%.
Según lo dispuesto en el artículo 7.2. letra a) de la convocatoria, "No será preciso presentar acreditación de las situaciones recogidas en el CVA en el momento de presentar la solicitud. No obstante, durante cualquier momento de la tramitación podrá solicitarse su acreditación."
Final del plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 14 h. del 13 de abril de 2023.